martes, 16 de junio de 2009

Las facultades del ministro de Salud en el decreto de emergencia sanitaria

El ministro de Salud, Álvaro Erazo, podrá decidir cuándo y en qué casos imponer el decreto de emergencia sanitaria que le entrega "amplias facultades" para gestionar el combate a la influenza humana.Pero por muy extensas que sean esas atribuciones otorgadas al secretario de Estado, tienen una cota, que se dio a conocer ayer en una "Jornada de Trabajo y Coordinación" entre el Ministerio de Salud y el Colegio Médico para enfrentar la nueva influenza humana A(H1N1).Allí se explicó que el decreto permite al ministro de Salud decretar el aislamiento de enfermos (en el caso de haber oposición de parte del paciente), como también la entrega de antivirales a contactos de algún contagiado (que, según el protocolo vigente, sólo se acota a los enfermos). También podrá entregarles licencias médicas a los mismos contactos sin necesidad de que éstos presenten síntomas de enfermedad, lo que podría ocurrir en caso de que se detecte la mutación del virus.Respecto de la red asistencial, Erazo puede inyectar recursos a los servicios de salud, coordinar la red de salud pública y privada y podrá hacer valer horas extraordinarias y contrataciones de personal de salud, donde podrá utilizar a estudiantes de último año de medicina y enfermería.El decreto también aclara que no se alterarán las coberturas habituales de los seguros de salud (Fonasa e isapres).A eso se le agregan las facultades de la cobertura de los copagos en casos extraordinarios y la flexibilidad para la compra de insumos y medicamentos, evitando las licitaciones.

Reconversión de camas llega a 70%

De las camas previstas para ser reconvertidas en la Región Metropolitana ante la aparición de los virus respiratorios invernales, que en total suman 320, el Ministerio de Salud ya ha ocupado cerca del 70%, totalizando 220 cupos ya asignados, principalmente por la presencia de Virus Respiratorio Sincicial en menores de cinco años.Así lo aseguró ayer el subsecretario de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud, Julio Montt, quien explicó que esto no se topa con la alta demanda por influenza humana, puesto que esta última se concentra en la atención ambulatoria, y no en el uso de camas de hospitalización, como sí ocurre en el caso del Virus Respiratorio Sincicial.Los diez puntos principales que contiene la normativa.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2009/06/16/nacional/nacional/noticias/DAA2E85E-5C3A-4830-AD9A-4E5CB3AACCDA.htm?id={DAA2E85E-5C3A-4830-AD9A-4E5CB3AACCDA} (El Mercurio)

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