jueves, 25 de marzo de 2010

TC elimina inciso de proyecto de ley de "bono marzo", pero iniciativa será promulgada

Por haberlo aprobado sin esperar el informe respectivo de la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional y borró el inciso tercero del artículo primero del proyecto de ley que otorga el llamado "bono marzo", que confiere nuevas atribuciones a los tribunales de familia para dirimir eventuales conflictos por el pago de la bonificación.
Sin embargo, la decisión no paraliza la tramitación de la iniciativa legal. De hecho, ayer la Contraloría tomó razón del proyecto, quedando éste listo para su promulgación.
El inciso eliminado, por ampliar las facultades de los juzgados, debía ser revisado por la Corte Suprema. Así lo establece la Constitución para todos los proyectos que cambien las atribuciones de los tribunales.
Ello, si bien la opinión del máximo tribunal del país -que en el caso del bono fue favorable al proyecto- no es vinculante, es decir, si es negativa no impide que la iniciativa legal sea aprobada en el Congreso.
El fallo, que contó con el voto favorable de siete de los diez ministros del TC, señala que el informe de la Suprema es "un trámite esencial para la validez constitucional de esta ley orgánica", por lo tanto, al haberse omitido ese paso, debía declarar inconstitucional el inciso tercero del artículo primero, por adolecer de un vicio de inconstitucionalidad, y además eliminarse de la iniciativa legal.
La decisión del TC tuvo el voto en contra de los ministros Hernán Vodanovic, Carlos Carmona y José Antonio Viera-Gallo, quienes estuvieron por declarar la constitucionalidad del citado inciso, señalando que cuando existe urgencia para tramitar el proyecto, como en este caso, esperar el informe de la Suprema afecta ese plazo y que la opinión del máximo tribunal no es vinculante.
"Lo importante, por tanto, lo principal, no es el informe de la Corte Suprema; lo relevante es el proyecto de ley, al cual dicho informe puede ayudar. Y aquí el proyecto se despachó; el propósito del procedimiento se cumplió", señalan los ministros en el voto de minoría.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/03/25/nacional/politica/noticias/5B27479A-C3D9-4B6B-8986-ED9F125DDBAA.htm?id={5B27479A-C3D9-4B6B-8986-ED9F125DDBAA}(El Mercurio)

Computadores reseteados en La Moneda

El ex ministro Viera-Gallo fue el principal impulsor de la agenda de probidad y transparencia del gobierno de Bachelet. En agosto pasado señaló a "El Mercurio": "Esta ley (N° 20.285) ha cambiado el criterio, porque antes los funcionarios se creían dueños de la información y se la llevaban o la eliminaban al irse. Hoy, se dan cuenta, tienen que dejarla".
En la Segpres, sin embargo, los nuevos funcionarios encontraron con estupor que los computadores estaban reseteados, sin ninguna información y sólo con los programas. Quedaron archivados, en cambio, muchos documentos escritos que están siendo clasificados para después ser digitalizados.
La respuesta de Viera-Gallo frente a esta inquietud es clara: "Mi computador personal, el del subsecretario y el del jefe de prensa fueron reseteados. Yo borré todo del mío, porque nadie tiene por qué buscar quién me mandaba mails. Pero hemos cumplido con la ley: toda la información institucional quedó archivada. Además, permanecieron el jefe administrativo, el de asuntos indígenas y el de la Comisión de Transparencia. Tuve cinco reuniones con Cristián Larroulet, mi sucesor, y no he recibido ningún reclamo suyo", señala el hoy ministro del Tribunal Constitucional.

Modificación a proyecto sobre fideicomiso ciego excluye de obligación a parlamentarios

La primera semana de abril, tras el receso distrital, el ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet, llegará hasta la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados con un claro objetivo: retomar la discusión del proyecto de ley sobre fideicomiso ciego.
La iniciativa -que regula la obligación de ciertas autoridades públicas de constituir un mandato especial de administración ciega de su patrimonio- fue objeto de fuertes y, según varios parlamentarios consultados, sorpresivas modificaciones por parte del entonces ministro José Antonio Viera-Gallo.
Dos son, al menos, los principales cambios incorporados a través de una indicación sustitutiva que fue ingresada el pasado 28 de enero: la exclusión de los parlamentarios de la obligación de acogerse al fideicomiso y la eliminación del piso de 470.000 unidades de fomento (UF) de patrimonio a partir del cual se obligaba a las autoridades a entregar la administración a terceros.
A cambio se incorporó el deber a ministros, subsecretarios, jefes de servicio, superintendentes, alcaldes, intendentes y al contralor, y se planteó que el fideicomiso deberá ser establecido para los casos en que el patrimonio -ya sean activos o pasivos- pueda ser controlado por la autoridad en cuestión o bien entre al ámbito de sus competencias.
Además, se establece que el Presidente de la República deberá acogerse a la figura "sobre la totalidad de su patrimonio", sin importar el tamaño de éste.
"Redujimos la figura a las personas que toman decisiones puntuales sobre una materia particular que podría ser afectada por un conflicto de interés. En el caso de los parlamentarios existen autorregulaciones reglamentarias que, por ejemplo, les impiden votar en determinados proyectos", explicó el hoy ex ministro Viera-Gallo, consultado sobre la exclusión del deber en el caso de los parlamentarios.
Añadió que se retiró la cifra que establecía un "piso" para el fideicomiso para evitar las críticas que apuntaban a que era un proyecto destinado a complicar al hoy Presidente Sebastián Piñera. "Se acogieron los estándares que establece la OCDE y se fijó la obligación del fideicomiso en función de los tipos de intereses", indicó.
El ex secretario de Estado remató afirmando que las modificaciones "recogen lo que señalaron los diputados y expertos invitados" al debate de la Comisión de Constitución.
Molestia parlamentaria
Los cambios fueron tema de comentario ayer en la Cámara de Diputados, donde parlamentarios de todos los partidos evidenciaron su preocupación por el eventual daño a la imagen de la corporación.
"Todas las normas de transparencia tienen que incorporar a los diputados. Es impresentable que legislemos obligaciones para terceros, sin que nosotros nos tengamos que acoger a ellas", dijo el diputado Edmundo Eluchans (UDI), quien recalcó que "la exclusión de los parlamentarios surge de una indicación del Ejecutivo".
En la misma línea se manifestaron diputados de la DC y del PS. "Eso no fue objeto de debate en la comisión. Esto no tiene que ver con cargos, sino con patrimonio y el ejercicio de una función pública con un cierto tipo de volumen de patrimonio que debiera dar lugar a la figura de fideicomiso", señaló Marcelo Díaz (PS).
"Me parece mal que la indicación del Ejecutivo haya eliminado a los parlamentarios; si somos colegisladores, tenemos que dar el ejemplo y espero que el actual ejecutivo reponga, en este tema, el proyecto original", sentenció Roberto León (DC).
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Sin piso
Nuevo proyecto eliminó piso de
US$ 20 millones para realizar fideicomiso. Sólo será obligatorio en circunstancias específicas.

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/03/25/nacional/politica/noticias/DF7E3DA0-E631-484C-B73A-5C2164E61AEC.htm?id={DF7E3DA0-E631-484C-B73A-5C2164E61AEC} (El Mercurio)

Contralor propone extender a seis meses responsabilidad administrativa de ex autoridades

Siempre que hay cambio de mando se producen problemas, y peor si además entra al gobierno la oposición. Ocurrió en 1990 y pasa ahora. Se han escuchado críticas en la Cancillería y también en la Segpres (ver relacionada), y además surgen problemas en los municipios.
Pero de parte del nuevo Gobierno no hay reclamos formales ante la Contraloría ni ante el Consejo para la Transparencia, los cuales tampoco tienen atribuciones para hacer algo.
Previendo que se podían producir problemas, el Consejo para la Transparencia envió a fines de enero un oficio a 246 servicios públicos, pero a modo de recomendación, y con el objeto de garantizar el derecho a la información de los ciudadanos (no de las nuevas autoridades). El instructivo señala que, en general, "toda información que obre en poder del órgano o servicio respectivo deberá quedar en los archivos del respectivo organismo, en soporte papel o electrónico", de manera que a futuro los ciudadanos puedan requerir esos datos, según lo garantiza la Ley de Transparencia de 2008.
Pero si alguien solicitara documentos de la anterior administración y la actual no los encontrara, porque no fueron guardados, el Consejo sólo podría actuar contra los actuales jefes de servicio, si no logran justificar esa pérdida.
"El principio es que la información es del Estado de Chile, no de los gobiernos de turno, y se requiere continuidad de la misma. Pero deben reforzarse los mecanismos de exigibilidad de esa información", opina Juan Pablo Olmedo, a quien se le expira su plazo en la presidencia rotativa del Consejo el próximo 28 de abril. Es cierto que la ley que creó el Archivo Nacional ordena guardar todos los documentos de la administración. Es tan añeja, de 1929, que en febrero del año pasado la Dirección de Biblioteas, Archivos y Museos (Dibam) emitió una circular en que clarifica qué debe guardarse, cuándo y cómo archivarse, y qué puede eliminarse.
Pero la Dibam tampoco tiene competencia para sancionar (con multas ridículas de bajas, de $10 por día de atraso que aplica el Presidente de la República), sino hasta que el servicio incumpla el plazo para archivar sus documentos, que son seis años en el caso de los ministerios y municipios, 30 en el de los tribunales y 80 en el de los notarios.
Nueva propuesta
El órgano auditor es el que autoriza la destrucción de información oficial (libros, documentos y cuentas), pero, según su ley orgánica, tres años después de su revisión definitiva. Y la política general del organismo, desde que asumió Ramiro Mendoza, ha sido no autorizar estas purgas.
Pero a pesar de que la normativa consagra el principio de la continuidad en la administración del Estado, si un gobierno destruye información que debiera heredar el siguiente para su buen funcionamiento, la Contraloría tampoco puede aplicar sanciones. Eso, por la sencilla razón de que sólo puede perseguir responsabilidades administrativas de los funcionarios en ejercicio. Y el incumplimiento, en este caso, se conoce cuando los responsables ya no son funcionarios.
Una cosa distinta es que a ex funcionarios sí les puede hacer juicio de cuentas (como está ocurriendo ahora con el ex director de Presupuesto, Alberto Arenas), para que restituya recursos o bien perseguir su responsabilidad civil o, si hay además delito, denunciarlos ante el Ministerio Público.
Por eso, el contralor Ramiro Mendoza, coincidiendo con el Consejo, señala que "para llenar el vacío legal bastaría con extender a seis meses la responsabilidad administrativa de los que dejan un cargo público".
El ex ministro de la Segpres, José Antonio Viera-Gallo, corrobora: "Hay un vacío legal, y me parece lógico que se pudiera extender la responsabilidad administrativa de los funcionarios, como hoy el Presidente y los ministros responden políticamente (con la acusación constitucional) hasta seis meses después de dejar sus cargos".
Olmedo añade que esta "perseguidora de seis meses debiera ser para todas las personas con cargos públicos, porque este vacío legal afecta la probidad".

Autor: http://diario.elmercurio.com/2010/03/25/nacional/politica/noticias/66C89D67-3FA2-422B-8550-84CF2A0B98E1.htm?id={66C89D67-3FA2-422B-8550-84CF2A0B98E1} (El Mercurio)